Preguntas a la Consejería de Educación sobre la falta de personal administrativo y ordenanzas en el I.E.S Alminar de Bollullos de la Mitación

En los últimos años el I.E.S Alminar de Bollullos de la Mitación ha sufrido un crecimiento exponencial en el número de alumnos y alumnas, aumentando de forma considerable en los 2 últimos cursos debido a la incorporación de Bachillerato. Los datos son los siguientes:

Curso 17-18: 424 alumnos/as (16 unidades).
Curso 18-19: 449 alumnos/alumnas (17 unidades).
Curso 19-20: 558 alumnos/as (20 unidades).
Curso 20-21: 646 alumnos/alumnas (23 unidades) Previsión 21-22: 680 alumnos/alumnas

La comunidad educativa lleva advirtiendo en todos estos años de la necesidad de incorporación de una segunda ordenanza a la plantilla del IES debido al número de alumnado que curso tras curso se ha tenido que atender y al hecho de que estas cifras se han conocido siempre con suficiente antelación atendiendo a las previsiones emanadas del número de matriculados/as desde los colegios públicos locales.

Es preciso recordar las tareas propias de este personal, recogidas en el Catálogo y definiciones de categorías profesionales del Anexo I del VI Convenio del personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía:

– “… ejecución de recados oficiales dentro o fuera del centro de trabajo, la vigilancia de puertas y accesos a la dependencia donde esté destinado, controlando las entradas y salidas de las personas ajenas al servicio; el recibir peticiones de éstas relacionadas con el mismo e indicarles la unidad u oficina donde deban dirigirse; realizar el porteo; dentro de la dependencia, del material, mobiliario y enseres que fueren necesarios, franquear, depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia; hacerse cargo de las entregas y avisos, trasladándoles puntualmente a sus destinatarios, cuidar del orden, custodiar las llaves, encargarse de la apertura y cierre puntual de las puertas de acceso a la dependencia; prestar, en su caso, servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones en archivos, bibliotecas, almacenes, ascensores, etc., atención al alumnado en los centros docentes, cuando estuviese destinado en ellos; atender y recoger llamadas telefónicas o de radio que no le ocupen permanentemente; realizar copias y manejar máquinas sencillas de oficina ocasionalmente cuando se le encargue…”

Todos estos trabajos son imposibles de llevar a cabo en unas instalaciones con el número de alumnos y alumnas indicados anteriormente por una sola persona.

Igualmente, desde el pasado 8 de junio de 2020 la única administrativa del centro se encuentra en situación de Incapacidad Temporal, sin que hasta la fecha se haya procedido a la sustitución de la misma. La situación en un centro donde cada vez es mayor la carga administrativa y donde durante todo el curso 2020-2021 no hemos contado con esta figura está causando graves perjuicios en la calidad de la enseñanza del alumnado del mismo.

Preguntas a la Consejería de Educación y Deportes:
1.- ¿Existe algún trámite iniciado para la incorporación de una nueva ordenanza al IES Alminar?

2. ¿Existe algún trámite iniciado para la sustitución de la administrativa del IES Alminar?

3.- En caso afirmativo ¿En qué estado se encuentran los expedientes?

Descarga de la pregunta: IES ALMINAR

Publicado en Sevilla entre todas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *