El blog de Ismael Sánchez, donde informarte sobre su actividad y declaraciones

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PNL sobre: Evaluación de impacto ambiental en la tramitación de proyectos que son competencia de la Comunidad Autónoma.

27 Abr, 2022 | Sevilla entre todas

Proposición No de Ley ante la Comisión de Presidencia, Administración Pública e Interior relativa a: Evaluación de impacto ambiental en la tramitación de proyectos que son competencia de la Comunidad Autónoma.

La Unión Europea se encuentra inmersa en un proceso de descarbonización de la economía con el objetivo de consolidar la trayectoria hacia la neutralidad climática en el horizonte 2030.

En la ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética se prevé que en el año 2030 deberá alcanzarse una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42 %, y un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable.

El Plan Nacional Integrado de Energía y clima (PNIEC) 2021-2030 plantea entre sus objetivos:
• Que las emisiones disminuyan del 23% respecto a 1990; (un 12% sobre 2020).
• Que el 42 % de la energía final proceda de energías renovables (un 20,9% en 2020).
• Generar el 74% de electricidad con renovables (un 43,8% en 2020).

El impulso de estas políticas está favoreciendo un importante crecimiento muy acelerado de las grandes plantas de generación renovable. La avalancha de nuevos proyectos está saturando todos los organismos y desbordando ya todos los objetivos marcados por los gobiernos respectivos.

Red Eléctrica Española ya ha concedido permiso de acceso de nueva potencia fotovoltaica para una potencia 4 veces superior a lo que supone PNIEC hasta 2030 y, para la gran eólica de casi el doble del objetivo planteado para este mismo horizonte.

Aun siendo plenamente conscientes de que las energías renovables son imprescindibles para reducir la dependencia de los combustibles fósiles y avanzar en la descarbonización económica y social que exige la Emergencia Climática observamos cómo se está generando una importante contestación social en los diferentes territorios pidiendo el establecimiento de una moratoria en la implantación de los grandes parques eólicos y fotovoltaicos, con el fin de fijar criterios de planificación territorial energética o medioambiental.

El Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, con medidas de carácter coyuntural que, entre otras cuestiones, pretende hacer frente a la escalada de precios de la energía, introduce en sus artículos 6 y 7 medidas para la agilización de los proyectos de energías renovables con el objetivo de acelerar la transición ecológica para reducir las emisiones y la dependencia de los combustibles fósiles importados; se establece así, un procedimiento de determinación de afección ambiental para proyectos de energías renovables, de aplicación en el ámbito de competencia estatal que, también podrá ser aplicado por las Comunidades Autónomas en su ámbito de competencias.

Hace referencia a dicha norma a proyectos eólicos con una potencia igual o inferior a 75 MW o proyectos de energía solar fotovoltaica con una potencia igual o inferior a 150 MW y que, no ubicándose en medio marino ni en superficies integrantes de la Red Natura 2000, estén ubicados íntegramente en zonas de sensibilidad baja y moderada según la zonificación ambiental para la implantación de energías renovables.

De esta forma se sustituye el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por un procedimiento más abreviado pero restando garantías de protección ambiental.
Inicialmente, y al no tratarse legislación con carácter básico, no están incluidos en esta orden los proyectos cuya tramitación es competencia de las Comunidades Autónomas que podrán, eso sí, y aplicar lo dispuesto en el Real Decreto Ley de manera potestativa.

En base a lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Unidas Podemos por Andalucía presenta la siguiente Proposición No de Ley.

1.- El Parlamento de Andalucía manifiesta su parecer favorable para que el Gobierno de España modifique lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 6/ 2022 requiriendo el sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental previa para los parques eólicos y fotovoltaicos.
2.- El Parlamento de Andalucía manifiesta su parecer favorable para que el Gobierno de España no aplique lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto Ley 6/2022 en la tramitación de los proyectos que son competencia de la Comunidad Autónoma.

Descarga de la PNL: PNLC 99-22 IMP-AMBIENTAL PROYECTOS