Tramitación del expediente de descontaminación de los suelos en las Antiguas Instalaciones de la Terminal del Oleoducto Málaga-Puertollano de la empresa REPSOL, SUNC-0-0.17. REPSOL
La Delegación de Málaga de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha resuelto aprobar el proyecto de descontaminación de los terrenos de la antigua Repsol, en Málaga, dando un paso importante para culminar la tramitación del expediente de descontaminación de los suelos en las Antiguas Instalaciones de la Terminal del Oleoducto Málaga-Puertollano de la empresa REPSOL, SUNC-0-0.17. REPSOL.
En dicha resolución se hace constar que no se han presentado alegaciones, sin embargo, hemos conocido que desde la plataforma Bosque Urbano de Málaga, que agrupa a distintas organizaciones y sobre todo la sociedad civil de Málaga que apuesta por el impulso de la conversión de estos terrenos en un gran pulmón en un distrito con mayor densidad poblacional y menores espacios Verdes de Europa, si habían presentado en tiempo y forma alegaciones al mismo.
De ser así, de haberse obviado unas alegaciones presentadas en la tramitación de un expediente, estaríamos ante una infracción grave de la ley de Procedimiento Administrativo Común. Este hecho ha dado lugar a la citada plataforma ha presentado un recurso de alzada pidiendo la nulidad de la resolución al saltarse un procedimiento que no es de carácter formal.
Por ello preguntamos a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible:
1.- ¿Qué valoración realiza esta Consejería de los hechos expuestos anteriormente en el expediente de descontaminación de los antiguos terrenos de Repsol en Málaga?
2._- ¿Por qué se ha obviado incluir las alegaciones presentadas por la Plataforma Bosque Urbano de Málaga?
3.- ¿Conoce la Consejería, que entre otras cuestiones, el expediente de descontaminación no incorpora informe alguno de la Administración Hidráulica competente sobre la situación de contaminación del acuífero?
Descarga de la pregunta: POC 971-22 DESCONT. SUELOS OLEODUCTO MA-PUERTOLLANO(1)